Durante la Presidencia española de la UE está previsto que se apruebe la Directiva que revisa el régimen de Solvencia II, aprobación que tiene que realizarse por el Consejo y el Parlamento europeo. El texto del Consejo, aprobado por los 27 Estados miembros de la U.E. ya está publicado, y constituye una gran referencia de lo que será el texto final de la reforma.
Los objetivos de esta reforma son:
• Mejorar la sensibilidad al riesgo y mitigar la volatilidad indebida mediante la mejora de las medidas para garantías a largo plazo.
• Mejorar la aplicación proporcional del régimen
• Mejorar la transparencia
• Mejorar la calidad de la supervisión, reforzando el level playing field, en particular en materia de negocio transfronterizo y de grupos
• Introducir la consideración de los riesgos climáticos y del riesgo sistémico en Solvencia II.
Estos cambios, en especial los relativos a medidas para garantías a largo plazo (curva de descuento, ajuste por volatilidad, ajuste por casamiento, margen de riesgo) y los relativos al capital de solvencia obligatorio van a tener un impacto sustancial en el cálculo de los requerimientos financieros a las entidades aseguradoras.